Nueva Ley 20.130

Reforma previsional

Seleccioná una de las siguientes opciones:

Trabajador y Jubilados que quieran volver a la actividad laboral

Común
Empresario
Jubilado

Si sos trabajador y aportás a industria y comercio, caja rural o servicio doméstico podés jubilarte y volver a trabajar nuevamente.

*Sin trabajadores: Podrás jubilarte y continuar trabajando, sin estar obligado a hacer aportes.
*Con trabajadores: Podrás jubilarte y continuar trabajando, aportando solo a la AFAP.

Se habilita a que todos los trabajadores dependientes e independientes puedan volver a trabajar después de haberse jubilado.
Se exceptúan:
  • Quienes estén jubilados por incapacidad absoluta.
  • Quienes quieran volver a trabajar en una tarea de la misma naturaleza y que además, sea bonificada.
  • Quien se jubile por Caja civil, caja notarial o profesional no podrán volver a trabajar en su caja de origen, pero sí aportando a otra.
Los docentes mantienen su habilitación de poder trabajar aún si están jubilados.

Trabajador y Jubilados que quieran volver a la actividad laboral

Común
Empresario
Jubilado

Si sos trabajador y aportás a industria y comercio, caja rural o servicio doméstico podés jubilarte y volver a trabajar nuevamente.

*Sin trabajadores: Podrás jubilarte y continuar trabajando, sin estar obligado a hacer aportes.
*Con trabajadores: Podrás jubilarte y continuar trabajando, aportando solo a la AFAP.

Se habilita a que todos los trabajadores dependientes e independientes puedan volver a trabajar después de haberse jubilado.
Se exceptúan:
  • Quienes estén jubilados por incapacidad absoluta.
  • Quienes quieran volver a trabajar en una tarea de la misma naturaleza y que además, sea bonificada.
  • Quien se jubile por Caja civil, caja notarial o profesional no podrán volver a trabajar en su caja de origen, pero sí aportando a otra.
Los docentes mantienen su habilitación de poder trabajar aún si están jubilados.

General

Personas jubiladas que quieran volver a trabajar. (Compatibilidad entre jubilación y actividad remunerada)

Actualmente no es posible, salvo los casos de docentes que pueden jubilarse y volver a la actividad.

Se habilita a que todos los trabajadores dependientes e independientes puedan volver a trabajar después de haberse jubilado.

Se exceptúan:

  • Quienes estén jubilados por incapacidad absoluta.
  • Quienes quieran volver a trabajar en una tarea de la misma naturaleza y que además, sea bonificada.
  • Quien se jubile por Caja civil, caja notarial o profesional no podrán volver a trabajar en su caja de origen, pero sí aportando a otra.
 

Los docentes mantienen su habilitación de poder trabajar aún si están jubilados.

Más control y mayor acceso a la información

Actualmente el BCU funciona como regulador.

Se crea la Agencia Reguladora de la Seguridad Social, además de mantener a BCU como regulador.

Reporte de sostenibilidad 2022

CONTENIDOS

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.

SURA Asset Management Uruguay | 2022

Cambios en BPS y otras cajas

¿Cómo se calcula la
jubilación?

Actualmente se comparan dos promedios de los salarios cobrados: los mejores 20 años de trabajo y los últimos 10 años. En base a eso se determina el monto base sobre el cual se paga un % basado en tu edad y los años de aportes.

El promedio de los salarios cobrados se realizará considerando los 25 mejores años de aportes. En base a eso se determina el monto base sobre el cual se paga un % basado en tu edad y los años de aportes.

Subsidio especial inactividad compensada

Actualmente se otorga con: 58 años de edad y 28 años de trabajo.

Se otorga teniendo 2 años menos que la edad de causal y 28 años de trabajo.

Suplemento solidario para quienes no alcancen un mínimo de jubilación

Actualmente existe la jubilación mínima nacional.

Se crea el Suplemento solidario. Es un beneficio que se suma a la jubilación, pensión o retiro, con el objetivo de suplementar los ingresos de quienes no alcanzan un mínimo, a pesar de tener causal.

Causal jubilatoria anticipada

Actualmente no existe. Solo pueden jubilarse antes de los 60 años de edad y con menos de 30 años de aportes reales, aquellas personas que realizan actividad bonificada, por ejemplo: docentes.

Pueden acceder:

  1. Quienes tienen 40 años o más de aportes, se podrán jubilar anticipadamente.
    (aplica para cualquier tipo de actividad).
  2. Quienes tienen aportes rurales o por la construcción, pueden obtener una
    jubilación anticipada si cuentan con 60 años de edad y 30 años aportes.
    Deben cumplirse dos condiciones:
    a. 20 años de aportes a cualquiera de las mencionadas cajas.
    b. De los últimos 10 años de trabajo, 8 también tienen que pertenecer a
    esas cajas.
Brecha en jubilaciones (diferencia de género)

Hay diferencia en las jubilaciones de los hombres y las mujeres.

Se implementarán medidas para igualar la jubilación de hombres y mujeres, equiparando de este modo los ingresos que le exigen al viudo o a la viuda para ser beneficiarios de pensión.

Cliente sin causal jubilatorio

Si no me puedo jubilar, ¿cómo accedo a mi capital?

Los clientes que residan en el exterior no pueden retirar el dinero acumulado en la AFAP. Solo acceden al retiro del monto acumulado aquellos clientes que habiendo tramitado la jubilación por incapacidad, esta les fuera denegada por no tener los mínimos años de aportes exigidos. La incapacidad denegada es solo por AFAP y se le entrega el capital en un único pago.

Podrán acceder al reintegro del monto acumulado aquellos clientes que:

  1.  Residan en el exterior, tengan menos de 15 años de aportes en Uruguay y no
    se domicilien ni hubieren desarrollado actividad en el país en los últimos 5
    años.
    El reintegro será gravado por IRPF.
  2. Habiendo tramitado la jubilación por incapacidad, esta les fuera denegada
    por no tener los mínimos años de aportes exigidos. (Se mantiene igual que en
    régimen actual).

Actualizaciones en AFAP

edad jubilatoria

Si bien se establece una nueva edad para jubilarte (65 años), en AFAP tenes las siguientes posibilidades:

  • Jubilarte a los 65 años sin importar los años de aportes.
  • Si cumplis con los requisitos en BPS u otra caja podes jubilarte en AFAP aunque no lo hagas en los organismos anteriormente mencionados.
¿Cómo cobro la jubilación por AFAP?

Se mantiene la posibilidad de obtener una renta vitalicia.
En caso de enfermedad terminal, se podría acceder una renta a término por 36 meses, que podría triplicar el monto de la renta vitalicia. Se recalcula cada 12 meses.

¿Qué sub fondos hay en las AFAP?

Se crea un nuevo subfondo:
Crecimiento. Hasta los 40 años, los aportes se verterán en el subfondo antes mencionado.
A partir de los 41 años, se gestionarán en el fondo Acumulación y 6 años antes de obtener causal jubilatorio se pasarán al sub fondo Retiro.
Independiente de lo antes mencionado, podrás elegir en cuál subfondo destinar tu ahorro en el momento que lo desees.

Distribución de aportes (15% nominal)

Para los Nuevos Afiliados 01/12/2023: Aportan un 10% a BPS o a la Caja que corresponda (Sistema Solidario) y 5% a la AFAP hasta un salario de $ 118.155. Desde $118.155 hasta $ 236.309, aportan el 15% solo a la AFAP (por ese tramo).
Para los clientes ya afiliados, se mantiene igual.

Posibilidad de retiro de capital

Se prevé la posibilidad de retiro de capital para quien ya configuró causal jubilatorio y retrasa el momento de su jubilación como mínimo 3 años. Puede retirar el 9% del saldo de AFAP en un único pago.

Actualizaciones en AFAP

edad jubilatoria

Si bien se establece una nueva edad para jubilarte (65 años), en AFAP tenes las siguientes posibilidades:

  • Jubilarte a los 65 años sin importar los años de aportes.
  • Si cumplis con los requisitos en BPS u otra caja podes jubilarte en AFAP aunque no lo hagas en los organismos anteriormente mencionados.
¿Cómo cobro la jubilación por AFAP?

Se mantiene la posibilidad de obtener una renta vitalicia.
En caso de enfermedad terminal, se podría acceder una renta a término por 36 meses, que podría triplicar el monto de la renta vitalicia. Se recalcula cada 12 meses.

¿Qué sub fondos hay en las AFAP?

Se crea un nuevo subfondo:
Crecimiento. Hasta los 40 años, los aportes se verterán en el subfondo antes mencionado.
A partir de los 41 años, se gestionarán en el fondo Acumulación y 6 años antes de obtener causal jubilatorio se pasarán al sub fondo Retiro.
Independiente de lo antes mencionado, podrás elegir en cuál subfondo destinar tu ahorro en el momento que lo desees.

Distribución de aportes (15% nominal)

Para los Nuevos Afiliados 01/12/2023: Aportan un 10% a BPS o a la Caja que corresponda (Sistema Solidario) y 5% a la AFAP hasta un salario de $ 118.155. Desde $118.155 hasta $ 236.309, aportan el 15% solo a la AFAP (por ese tramo).
Para los clientes ya afiliados, se mantiene igual.

Posibilidad de retiro de capital

Se prevé la posibilidad de retiro de capital para quien ya configuró causal jubilatorio y retrasa el momento de su jubilación como mínimo 3 años. Puede retirar el 9% del saldo de AFAP en un único pago.

Si tengo hijos

Pensión para hijos menores

Podrán cobrarla hasta los 21 años si son solteros y no tienen ingresos propios.

Podrán cobrarla hasta los 21 años, si son solteros y no tienen ingresos propios. Se extiende hasta 23 años si cursan estudios universitarios.

Maternidad

Se toma en cuenta 1 año de trabajo por hijo, con un máximo de 5 hijos (solo para mujeres). Aplica para el causal jubilatorio de BPS.

Se mantiene 1 año de trabajo por hijo con un máximo de 5 hijos (solo para las mujeres), y se agrega: para los hijos con discapacidad se computan 2 años y se puede dividir entre los padres (hasta con un período mínimo de 6 meses). Se amplía para las demás cajas

Ahorro voluntario

Posibilidad de ahorro voluntario

Actualmente cualquier persona puede realizar aportes voluntarios. Los mismos se incorporan a su ahorro en la AFAP. No es posible retirarlos ya que su destino es únicamente la jubilación.

Podrás acceder a nuevas posibilidades de ahorro voluntario:

  1. Aporte voluntario individual: podrás directamente realizar aportes que permitan mejorar tu futura jubilación.
  2. Plan Ahorro consumo: en cualquier consumo que realices, siempre y cuando abones de forma electrónica (tarjeta de débito o crédito), el 2% del IVA se destinará como aporte voluntario.
  3. Aporte previsional acordado: tu empresa podrá acordar y realizar aportes voluntarios en tu  nombre..

Este nuevo régimen te permitirá:

  • Complementar tu jubilación.
  • A partir de los 60 años podrás realizar retiros parciales, acceder a rentas temporales o vitalicias.
  • A partir de los 65 años, se podrá hacer el retiro total del fondo.

Además, podrás acceder a este dinero, en ciertas circunstancias como: enfermedades graves, incapacidad absoluta, desempleo de larga duración o desalojo.

Rentabilidad y Balance

Es el riesgo de potenciales pérdidas o desviaciones en la rentabilidad esperada por movimientos en variables demográficas, financieras y de negocio; que afecten directamente a los resultados financieros.

Metodología para el Monitoreo de Riesgos de Negocio

Cambios según tu edad

Menor a 50
Mayor a 50

Existe un período de convergencia para quienes se encuentran trabajando actualmente.

Por ese motivo, según cual sea tu fecha de nacimiento se aplicarán los cambios que se detallan a continuación:

Ver más información

Consiste en realizar una simulación de la futura jubilación a partir de la información que aporte el trabajador, el BPS y la AFAP. Se informará cómo se determinan las prestaciones del régimen de ahorro individual (AFAP) y los efectos de la revocación del art. 8 para facilitar la decisión del trabajador.

 

A quién corresponde: Personas entre 40 y 49 años de edad, que hayan optado por ampararse al art. 8 y no cuenten con jubilación al amparo del Régimen Mixto.

 

Requisitos: Deberá presentarse el titular con cédula de identidad vigente y en buen estado. Es conveniente que concurra con los siguientes datos:

  • Edad de inicio de su primera actividad laboral.
  • Años de trabajo a la fecha.
  • Años de trabajo en actividades con servicio bonificado.
  • Sueldo actual (incluido remuneraciones variables).
  • Noventa días desde la fecha de realizado el asesoramiento.
  • Modalidad y lugar donde se realiza el trámite. Presencial
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Esta proyecto no modifica el causal jubilatorio actual: 60 años de edad y 30 años de trabajo.

La forma en cómo se calculará tu jubilación no cambia, así como tampoco cambia la distribución de tus aportes entre BPS y AFAP.
Tus aportes se distribuyen de esta forma:

 

¿Trabajaste antes de 1996 y tus aportes no aparecen en tu historia laboral?

Ver más información

Registrar años trabajados.
Se establece un plazo para solicitar la inclusión de servicios (años trabajados) anteriores al 1º de abril de 1996 que no estén integrados a la Historia Laboral.
Las personas que hayan tenido actividad laboral amparada por el Banco de Previsión Social antes del 1º de abril de 1996 y que aún no hayan solicitado el reconocimiento de tales servicios, deberán hacerlo aportando todos los datos que requiera la reglamentación, de acuerdo con la edad que tuvieren al 1º de junio de 2023 y según el siguiente cuadro:




A tener en cuenta:
Una vez finalizado el plazo correspondiente a cada grupo, no se admitirá la denuncia de servicios anteriores al 1º de abril de 1996.
Si queres mas información ingresa: Reconocimiento de servicios (www.bps.gub.uy)

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Cambios según tu edad

Menor a 50
Mayor a 50

Existe un período de convergencia para quienes se encuentran trabajando actualmente.

Por ese motivo, según cual sea tu fecha de nacimiento se aplicarán los cambios que se detallan a continuación:

Ver más información

Consiste en realizar una simulación de la futura jubilación a partir de la información que aporte el trabajador, el BPS y la AFAP. Se informará cómo se determinan las prestaciones del régimen de ahorro individual (AFAP) y los efectos de la revocación del art. 8 para facilitar la decisión del trabajador.

 

A quién corresponde: Personas entre 40 y 49 años de edad, que hayan optado por ampararse al art. 8 y no cuenten con jubilación al amparo del Régimen Mixto.

 

Requisitos: Deberá presentarse el titular con cédula de identidad vigente y en buen estado. Es conveniente que concurra con los siguientes datos:

  • Edad de inicio de su primera actividad laboral.
  • Años de trabajo a la fecha.
  • Años de trabajo en actividades con servicio bonificado.
  • Sueldo actual (incluido remuneraciones variables).
  • Noventa días desde la fecha de realizado el asesoramiento.
  • Modalidad y lugar donde se realiza el trámite. Presencial
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Esta proyecto no modifica el causal jubilatorio actual: 60 años de edad y 30 años de trabajo.

La forma en cómo se calculará tu jubilación no cambia, así como tampoco cambia la distribución de tus aportes entre BPS y AFAP.
Tus aportes se distribuyen de esta forma:

 

¿Trabajaste antes de 1996 y tus aportes no aparecen en tu historia laboral?

Ver más información

Registrar años trabajados.
Se establece un plazo para solicitar la inclusión de servicios (años trabajados) anteriores al 1º de abril de 1996 que no estén integrados a la Historia Laboral.
Las personas que hayan tenido actividad laboral amparada por el Banco de Previsión Social antes del 1º de abril de 1996 y que aún no hayan solicitado el reconocimiento de tales servicios, deberán hacerlo aportando todos los datos que requiera la reglamentación, de acuerdo con la edad que tuvieren al 1º de junio de 2023 y según el siguiente cuadro:




A tener en cuenta:
Una vez finalizado el plazo correspondiente a cada grupo, no se admitirá la denuncia de servicios anteriores al 1º de abril de 1996.
Si queres mas información ingresa: Reconocimiento de servicios (www.bps.gub.uy)

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Gestión de Activos
de Terceros

Riesgo de pérdida en los fondos de los clientes por variaciones en precios de Mercado, eventos de Crédito, Contraparte y Liquidez.

  • Manual de Riesgo de Mercado
  • Manual de Análisis de Crédito
  • Manual de Riesgo de Contrapartes
  • Manual de Riesgo de Liquidez

¿Cómo se calcula la jubilación?

El promedio de los salarios cobrados se realizará considerando los 20 mejores años de aportes. En base a eso se determina el monto base sobre el cual se paga un % basado en tu edad y los años de aportes.
SUBSIDIO ESPECIAL INACTIVIDAD COMPENSADA

Se otorga teniendo 2 años menos que la edad de causal y 28 años de trabajo.

SUPLEMENTO SOLIDARIO PARA QUIENES NO ALCANCEN UN MÍNIMO DE JUBILACIÓN

Se crea el Suplemento solidario.
Es un beneficio que se suma a la jubilación, con el objetivo de suplementar los ingresos de quienes no alcanzan un mínimo, a pesar de tener causal.
Será para jubilaciones menores a $42.000.

Ejemplo:

CAUSAL JUBILATORIA ANTICIPADA

Pueden acceder:
1. Quienes tienen 40 años o más de aportes, se podrán jubilar anticipadamente.
(aplica para cualquier tipo de actividad). Según la edad que tengan.
2. Quienes tienen aportes rurales o por la construcción, en puestos particularmente exigentes, pueden obtener una jubilación anticipada si cuentan con 60 años y 30 años de aportes.

Deben cumplirse dos condiciones:
a. 20 años de aportes a cualquiera de las mencionadas cajas.
b. De los últimos 10 años de trabajo, 5 también tienen que pertenecer a esas cajas.

BRECHA EN JUBILACIONES (DIFERENCIA DE GÉNERO)

Se implementarán medidas para igualar la jubilación de hombres y mujeres, equiparando de este modo los ingresos que le exigen al viudo o a la viuda para ser beneficiarios de pensión.

¿Cómo se calcula la jubilación?

El promedio de los salarios cobrados se realizará considerando los 20 mejores años de aportes. En base a eso se determina el monto base sobre el cual se paga un % basado en tu edad y los años de aportes.
SUBSIDIO ESPECIAL INACTIVIDAD COMPENSADA

Se otorga teniendo 2 años menos que la edad de causal y 28 años de trabajo.

SUPLEMENTO SOLIDARIO PARA QUIENES NO ALCANCEN UN MÍNIMO DE JUBILACIÓN

Se crea el Suplemento solidario.
Es un beneficio que se suma a la jubilación, con el objetivo de suplementar los ingresos de quienes no alcanzan un mínimo, a pesar de tener causal.
Será para jubilaciones menores a $42.000.

Ejemplo:

CAUSAL JUBILATORIA ANTICIPADA

Pueden acceder:
1. Quienes tienen 40 años o más de aportes, se podrán jubilar anticipadamente.
(aplica para cualquier tipo de actividad). Según la edad que tengan.
2. Quienes tienen aportes rurales o por la construcción, en puestos particularmente exigentes, pueden obtener una jubilación anticipada si cuentan con 60 años y 30 años de aportes.

Deben cumplirse dos condiciones:
a. 20 años de aportes a cualquiera de las mencionadas cajas.
b. De los últimos 10 años de trabajo, 5 también tienen que pertenecer a esas cajas.

BRECHA EN JUBILACIONES (DIFERENCIA DE GÉNERO)

Se implementarán medidas para igualar la jubilación de hombres y mujeres, equiparando de este modo los ingresos que le exigen al viudo o a la viuda para ser beneficiarios de pensión.

¿No cumplís con los requisitos para tu jubilación?

Podrán acceder al reintegro del monto acumulado aquellos clientes que:

1. Residan en el exterior, tengan menos de 15 años de aportes en Uruguay y no se domicilien ni hubieren desarrollado actividad en el país en los últimos 5 años. El reintegro será gravado por IRNR.

2. Habiendo tramitado la jubilación por incapacidad, esta les fuera denegada por no cumplir con los requisitos. (Se mantiene igual que en régimen actual).

Afiliados desde 01/12/2023

Nuevos
trabajadores

 Ingresa al nuevo sistema previsional común (Nueva Ley 20.130).

Formas
de afiliación

Para todos los nuevos trabajadores el nuevo sistema es obligatorio (todas las cajas excepto notarial).
Tendrán 3 meses para elegir una AFAP y en caso de no elegir, serán afiliados obligatoriamente a la que tenga menos comisión.

Comisión
por administración

A los nuevos trabajadores no se les cobra comisión los primeros 36 meses de aportación, a pesar de que la ley permite hacerlo. Culminado este plazo, el cobro se realizará igual que para los ya clientes: sobre el aporte mensual.
La comisión de la AFAP no puede superar el 20% de la comisión promedio del sistema.

cómo se dividen
mis aportes

Los nuevos clientes, aportan un 10% a BPS o a la Caja que corresponda (Sistema Solidario) y 5% a la AFAP (hasta un salario de $ 128.410).
Desde $128.410 hasta $ 256.821, aportan el 15% solo a la AFAP.

Afiliados desde 01/12/2023

Nuevos
trabajadores

Ingresa al nuevo sistema previsional común (Nueva Ley 20.130).

Formas
de afiliación

Para todos los nuevos trabajadores el nuevo sistema es obligatorio (todas las cajas excepto notarial).
Tendrán 3 meses para elegir una AFAP y en caso de no elegir, serán afiliados obligatoriamente a la que tenga menos comisión.

Comisión
por administración

A los nuevos trabajadores no se les cobra comisión los primeros 36 meses de aportación, a pesar de que la ley permite hacerlo. Culminado este plazo, el cobro se realizará igual que para los ya clientes: sobre el aporte mensual.
La comisión de la AFAP no puede superar el 20% de la comisión promedio del sistema.

cómo se dividen
mis aportes

Los nuevos clientes, aportan un 10% a BPS o a la Caja que corresponda (Sistema Solidario) y 5% a la AFAP (hasta un salario de $ 118.155).
Desde $118.155 hasta $ 236.309, aportan el 15% solo a la AFAP.

Nuevos Beneficios BPS

PENSIÓN PARA HIJOS MENORES
Se extendió el beneficio hasta los 23 años si cursan estudios terciarios.

Maternidad

Se suma 1 año de trabajo por hijo con un máximo de 5 hijos (solo para las mujeres), y como nuevo beneficio los hijos con discapacidad severa se suman 2 años de aportes y se puede dividir entre los padres (hasta con un período mínimo de 6 meses).

Nuevos Beneficios BPS

PENSIÓN PARA HIJOS MENORES
Se extendió el beneficio hasta los 23 años si cursan estudios terciarios.

Maternidad

Se suma 1 año de trabajo por hijo con un máximo de 5 hijos (solo para las mujeres), y como nuevo beneficio los hijos con discapacidad severa se suman 2 años de aportes y se puede dividir entre los padres (hasta con un período mínimo de 6 meses).

Nuevo formato de Ahorro

Podrás acceder a nuevas posibilidades de ahorro voluntario:

1. Aporte voluntario individual: podrás directamente realizar aportes que permitan mejorar tu futura jubilación.

2. Plan Ahorro consumo: en cualquier consumo que realices, siempre y cuando abones de forma electrónica (tarjeta de débito o crédito), dos puntos porcentuales de IVA se destinará como aporte voluntario.

Este nuevo régimen te permitirá complementar tu jubilación. Además, podrás acceder a este dinero, en ciertas circunstancias como: enfermedades graves, incapacidad absoluta, desempleo de larga duración o lanzamiento del inmueble.

Nuevo formato de Ahorro

Podrás acceder a nuevas posibilidades de ahorro voluntario:

1. Aporte voluntario individual: podrás directamente realizar aportes que permitan mejorar tu futura jubilación.

2. Plan Ahorro consumo: en cualquier consumo que realices, siempre y cuando abones de forma electrónica (tarjeta de débito o crédito), el 2% del IVA se destinará como aporte voluntario.

Este nuevo régimen te permitirá complementar tu jubilación. Además, podrás acceder a este dinero, en ciertas circunstancias como: enfermedades graves, incapacidad absoluta, desempleo de larga duración o lanzamiento del inmueble.

PERSONAS JUBILADAS QUE QUIERAN VOLVER A TRABAJAR

Se habilita a que todos los trabajadores dependientes e independientes puedan volver a trabajar después de haberse jubilado.
Se exceptúan:
  • Quienes estén jubilados por incapacidad absoluta.
  • Quienes quieran volver a trabajar en una tarea de la misma naturaleza y que además, sea bonificada.
  • Quien se jubile por Caja civil, caja notarial o profesional no podrán volver a trabajar en su caja de origen, pero sí aportando a otra.

Los docentes mantienen su habilitación de poder trabajar aún si están jubilados.

PERSONAS JUBILADAS QUE QUIERAN VOLVER A TRABAJAR

Se habilita a que todos los trabajadores dependientes e independientes puedan volver a trabajar después de haberse jubilado.
Se exceptúan:
  • Quienes estén jubilados por incapacidad absoluta.
  • Quienes quieran volver a trabajar en una tarea de la misma naturaleza y que además, sea bonificada.
  • Quien se jubile por Caja civil, caja notarial o profesional no podrán volver a trabajar en su caja de origen, pero sí aportando a otra.

Los docentes mantienen su habilitación de poder trabajar aún si están jubilados.

Cuidamos
nuestros recursos

Cambio Climático: Entendemos la importancia de gestionar los riesgos relacionados con el clima para nuestras inversiones.

Ecoeficiencia: Entendemos la importancia de minimizar nuestro consumo de recursos naturales.

Inversiones Sostenibles: Estamos comprometidos con la creación de inversiones que fomenten el desarrollo sostenible de la región.